Régimen Tributario Especial
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 364-5 del Estatuto Tributario, modificado por la Ley 2277 de 2022, las entidades pertenecientes al Régimen Tributario Especial deben poner a disposición del público determinada información en su página web, comorequisito para el trámite de permanencia y actualización en dicho régimen ante la DIAN.
- Estados financieros correspondientes al año 2025.
- Informe de gestión correspondiente al año 2025.
- Declaración del impuesto sobre la renta del año gravable 2025.
- Certificación de cumplimiento de los requisitos para pertenecer al Régimen Tributario Especial.
- Dictamen del Revisor Fiscal correspondiente al año 2025.
- Certificado de permanencia en el Régimen Tributario Especial.
- Acta de aprobación de los estados financieros del año 2025.
- Soporte de la presentación de los formatos 2530, 2531 y 2533.
